ACERCA DE LA CORPORACIÓN VIAL DEL URUGUAY


Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) es una empresa privada que tiene hoy por única actividad la operación de una Concesión Vial otorgada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas de Uruguay.

En la actualidad, Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) - persona pública de derecho privado - es la propietaria de la totalidad del paquete accionario de CVU. En 2002 el Poder Legislativo autorizó la venta de las acciones de CVU en proceso competitivo con oferta pública. Dicha venta nunca se realizó, existiendo la voluntad de la actual administración de la CND de no proceder a la misma.

La concesión fue asignada directamente a la CND, de acuerdo a lo establecido por la normativa que ordena la contratación pública (TOCAF).

El contrato establece que la CND podría crear una empresa para la ejecución del contrato, lo que hizo creando la CVU. El contrato de concesión es entonces cedido por la CND a la CVU, contando dicha cesión con la no objeción del MTOP y la aprobación del Poder Ejecutivo.

El contrato de concesión establece que los directores de la CVU serán los mismos que aquellos de la CND. En 2005 se introdujo una modificación al contrato de concesión de modo de sustituir uno de los directores de la CND por uno propuesto por el MTOP, cambio que se llevó a cabo.

El 9 de febrero de 2006 el M.T.O.P. y la C.N.D., y con la conformidad expresa de la C.V.U., cesionaria de la C.N.D. convinieron modificar el Anexo I del convenio-contrato suscrito el 5 de octubre de 2001, para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de concesión de obra pública y la cooperación y asistencia técnica, semitécnica y especializada a tales efectos, modificado el 17 de setiembre de 2002 y aprobado por el Poder Ejecutivo por resolución N° 1650 de 7 de octubre de 2002. Dicha modificación fue aprobada por resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 24 de abril de 2006 y posterior resolución de fecha 15 de mayo de 2006 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

El 30 de julio de 2008 se acordó una nueva modificación del Anexo I del referido convenio-contrato que fuera aprobada por resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 12 de noviembre de 2008 y posterior resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de fecha 1° de diciembre de 2008.

El 23 de octubre de 2015 el M.T.O.P. y la C.N.D., y con la conformidad expresa de la C.V.U., cesionaria de la C.N.D. convinieron modificar el Anexo I del acuerdo suscrito el 30 de julio de 2008 y aprobado por el Poder Ejecutivo por resolución N° 1064/008 de 1 de diciembre de 2008. Dicha modificación fue aprobada por resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 10 de diciembre de 2015 y posterior resolución de fecha 16 de diciembre de 2015 del Poder Ejecutivo.

El 24 de noviembre de 2021 el M.T.O.P. y la C.N.D., y con la conformidad expresa de la C.V.U., cesionaria de la C.N.D. convinieron modificar el Anexo I del acuerdo suscrito el 23 de octubre de 2015 y aprobado por el Poder Ejecutivo por resolución de fecha 16 de diciembre de 2015. Dicha modificación fue aprobada por resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 26 de enero de 2022 y por el Poder Ejecutivo por resolución Nº 078/022 de fecha 04 de abril de 2022.

De acuerdo a lo previsto en el convenio-contrato de concesión la C.V.U. tiene por objeto el desarrollo de la infraestructura nacional de transporte, mediante la construcción de obras y mantenimiento de los mismos y la explotación de los puestos de peajes en carreteras, durante un período que va desde el 01/01/2016 al 31/12/2051. A los efectos de llevar adelante este objeto la C.V.U. percibirá ingresos provenientes de los peajes administrados y subsidios provenientes del M.T.O.P.